VISAS TEMPORARIAS O NO-INMIGRATORIAS

Richard J. Lind, Abogado en leyes, con más de 20 años de experiencia

representando individuos y negocios en casos de Inmigración ante el

Servicio Americano de Inmigración (US Immigration Service) Y los

Puestos Consulares Americanos (Consular Posts) alrededor del mundo.

Su personal incluye oficiales de Inmigración de los Estados Unidos

y del Departamento de Estado con años de experiencia en este tipo de

casos.

Usted puede solicitar una consulta en nuestra oficina en persona,

por teléfono o vía internet. Sea cual sea su pregunta o problema

migratorio, RJ Lind y su personal están preparados para responder

a sus necesidades.

 

Visa A-1 Visa para un embajador, ministro público, diplomático o un

oficial consular de un país extranjero, quien haya sido asignado por

un gobierno extranjero reconocido legítimamente por los Estados Unidos

y quien es aceptado por el Presidente o por la Secretaría del Estado. Incluye a los miembros de su familia inmediata.

Visa A-2 Visa para otros empleados gubernamentales y quienes hayan sido asignados por un gobierno extranjero reconocido legítimamente por los Estados Unidos y quienes son aceptados por la Secretaría del Estado. Incluye a los miembros de su familia inmediata.

Visa A-3 Visa para asistentes, sirvientes, empleados personales y miembros

de la familia inmediata de empleados gubernamentales y empleados quienes tienen

un estatus no-inmigratorio bajo las visas A-1 o A-2.

Visa B-1 Visa para una persona quien está visitando los Estados Unidos temporalmente por razones de negocios con residencia en un país extranjero, el cual no tiene intenciones de abandonar (No incluye aquellas personas que vienen con el propósito de estudiar o de llevar a cabo labores especializadas o no especializadas o como un representante de la prensa extranjera, radio, cine u otro medio de comunicación del extranjero que vienen a laborar en dicha vocación).

Visa B-2 Visa para una persona quien está visitando los Estados Unidos temporalmente por placer, con residencia en un país extranjero, el cual no tiene intenciones de abandonar. (No incluye aquellas personas que vienen con el propósito de estudiar o de llevar a cabo labores especializadas o no especializadas o como un representante de la prensa extranjera, radio, filmes u otro medio de comunicación del

extranjero que vienen a laborar en dicha vocación).

Visa C Visa para una persona en tránsito directo y contínuo por los Estados Unidos, o una persona que califique para transitar desde y para el Distrito de la

Oficina Principal de las Naciones Unidas (United Nations Headquaters District)

y otros países extranjeros, bajo las previsiones de los párrafos (3), (4), y (5) de

la sección 11 del acuerdo de la Oficina Principal con las Naciones Unidas

(61 Stat. 758).

Visa D-1 Visa para tripulante que sirve en buena fe como tal, con la capacidad

requerida para la normal operación y servicio a bordo de un navío (Excepto un navío de pesca que tiene su puerto original o su base operatoria en los Estados Unidos) o una aereonave, con intenciones de ingresar temporalmente con el único propósito de cumplir

con su llamado como tripulante. Partiendo de los Estados Unidos con el navío o aereonave en el cual arrivó o en otro navío o aereonave.

Visa D-2 Visa para tripulante que sirve en buena fe como tal, con cualquier

capacidad requerida para la normal operación y servicio a bordo de un bote de pesca que tiene su puerto original o su base operatoria en los Estados Unidos, con intenciones de ingresar temporalmente en Guam con el único propósito de cumplir con su llamado como tripulante. Debe partir de Guam con el navío con el que arrivó.

Visa E-1 Visa para una persona autorizada a ingresar a los Estados Unidos

bajo y en prosecusión de las previsiones del Convenio de Comercio y Navegación entre los Estados Unidos y el país del cual proviene únicamente para llevar a cabo un intercambio sustancial, incluyendo intercambios en servicios o en tecnología. Incluye al esposo(a) e hijos de dicha persona, si lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa E-2 Visa para una persona autorizada para ingresar a los Estados Unidos

bajo y en prosecusión de las previsiones del Convenio de Comercio y Navegación entre los Estados Unidos y el Estado del país del cual él proviene únicamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual ha invertido o en la cual está activamente en el proceso de inversión de una suma de capital sustancial. Incluye al esposo(a) e hijos de dicha persona, si lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa F-1 Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual

no tiene intenciones de abandonar, quien es un estudiante genuino calificado para llevar a cabo un curso completo de estudio, con intenciones de entrar a los Estados Unidos temporalmente y con el único propósito de llevar a cabo dicho curso dictado por un establecido colegio de estudios superiores, universidad, seminario, conservatorio,

escuela secundaria, primaria u otra institución académica; o en un programa de entrenamiento de lenguaje en los Estados Unidos, particularmente designado por él y aprobado por el Fiscal General de los Estados Unidos.

 

 

 

 

Visa F-2 Visa para el esposo (a) e hijos menores de edad de una persona con visa

de estudiante F-1.

Visa G-1 Visa para un representante dirigente asignado por un gobierno

extranjero reconocido legítimamente por los Estados Unidos, gobierno extranjero, el cual es miembro de una Organización Internacional autorizado a disfrutar de privilegios,

exenciones e inmunidades bajo el Acto de Inmunidad de Organizaciones Internacionales (International Organizations Inmunity Act). Incluye a los miembros

residentes asignados del personal de dichos representantes y a los miembros de su familia inmediata.

Visa G-2 Visa para otros representante asignados por un gobierno extranjero

reconocido legítimamente por los Estados Unidos, gobierno extranjero el cual, es miembro de una Organización Internacional autorizado a disfrutar de privilegios, exenciones e inmunidades bajo el Acto de Inmunidad de Organizaciones Internacionales (International Organizations Inmunity Act). Incluye a los miembros de su familia inmediata.

Visa G-3 Visa para una persona capaz de calificar bajo G-1 o G-2 (arriba

mencionado) excepto por el hecho de que el gobierno del cual esta persona fue designada representante no es reconocido legítimamente por los Estados Unidos, o por que dicho gobierno no es miembro de dicha organización internacional. Incluye a los miembros de su familia inmediata.

Visa G-4 Visa para empleados oficiales de dichas organizaciones internacionales descritas bajo Visas G-1. Incluye a los miembros de su familia inmediata.

Visa G-5 Visa para asistentes, sirvientes y empleados personales de dicho representante, oficial o empleado. Incluye a los miembros de la familia inmediata de dichos asistentes, sirvientes o empleados personales del las organizaciones internacionales descritas bajo las Visas G-1.

Visa H-1A Visa para personas que viene temporalmente a los Estados Unidos a llevar a cabo servicios como enfermera registrada. (excepto enfermeras domésticas).

Visa H-1B (1) Visas para personas que viene temporalmente a los Estados Unidos a llevar a cabo servicios en una ocupación especializada.

Visa H-1B (2) Visas para personas que viene temporalmente a los Estados Unidos a llevar a cabo servicios como Modelo.

Visa H-1B (3) Visas para personas que viene temporalmente a los Estados Unidos a llevar a cabo servicios o labores en la agricultura, como fue definido a

través de regulaciones por la Secretaría de Trabajo (Secretary of Labor).

 

 

Visa H-1B (3) Visa para persona que viene a los Estados Unidos a llevar a cabo

servicios de una naturaleza temporal o estacional. Sólo sí, no se encuentran en los Estados Unidos personas desempleadas capaces de llevar a cabo tal servicio o labor. Incluye al esposo (a) e hijos menores.

Visa I Visa para personas quien es un represntante genuino de la prensa

extranjera, radio, cine u otro medio de comunicación del extranjero, que busca entrar a los Estados Unidos con el único propósito de llevar a cabo tal vocación. Incluye al esposo (a) e hijos de dicha persona, si lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa J Visa para personas con residencia en un país extranjero, el cual no tiene

intenciones de abandonar, quien es un estudiante genuino, escolar, aprendiz, profesor, asistente de investigación, especialista o líder en el terreno del conocimiento o destreza especializada u otra persona de descripción similar, quien viene a los Estados Unidos como participante de un programa designado por el Director de la Agencia de Información de los Estados Unidos con el propósito de enseñar, instruir o sermonear,

estudiando, observando, conduciendo investigaciones, consultando, demostrando destrezas especiales o recibiendo entrenamiento. Incluye al esposo (a) e hijos de dicha persona si lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa K Visa para personas quien es el novio (a) de un ciudadano de los Estados

Unidos y quien pretende entrar a los Estados Unidos únicamente para concluir

con un matrimonio válido con el solicitante dentro de los noventa días porteriores a la admisión. Incluye a los hijos menores de edad de dicho novio (a) que le acompañan o le seguirán para unírsele.

Visa L-1 Visa para un extranjero quien, en los tres años precedentes a su aplicación de admisión a los Estados Unidos, ha sido empleado contínuamente por un año por una corporación, firma, otra entidad legal o algún afiliado o subsidiario

del mismo y quien pretende entrar a los Estados Unidos temporalmente en función

de continuar prestando sus servicios para el mismo empleador o subsidiario o

afiliado del mismo, en capacidad directiva, ejecutiva o que envuelva conocimientos especializados.

Visa L-2 Visa para el esposo (a) e hijos menores de edad de una persona con visa L-1, si estos lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa M-1 Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual no

tiene intenciones de abandonar, desea entrar temporalemente a los Estados Unidos con el único propósito de llevar a cabo un curso completo de estudios en alguna institución vocacional establecida o alguna otra institución no-académica reconocida en los Estados

Unidos (excepto un programa de entrenamiento de lenguaje) particularmente designada y aprobada por el Fiscal General de los Estados Unidos.

 

Visa M-2 Visa para el esposo (a) e hijos menores de edad de una persona con visa

M-1, si estos lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa N-1 Visa para el padre o madre del niño al cual fue otorgado el estado legal

de inmigrante especial bajo el Acto de Inmigración (Inmigration Act).

Visa N-2 Visa para el hijo de padre o madre al que le fue otorgado el estado

legal de inmigrante especial.

Visa O-1 Visa para una persona con habilidades extraordinarias en ciencias, arte,

educación, negocios o atletismo, la cual haya sido demostrada por el reconocimiento sustancial nacional e internacional, o, con respecto a películas y produciones televisivas, haya sido demostrado por grabaciones de logros extraordinarios y cuyos logros hayan sido reconocidos en este medio por extensiva documentación y que por lo cual desea entrar a los Estados Unidos para continuar con su labor en el área de habilidades extraordinarias.

Visa O-2 Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual

no tiene intenciones de abandonar, desea entrar temporalmente a los Estados Unidos con el único propósito de acompañar y asistir en el desempeño artístico o atlético de una persona con Visa O-1 en un determinado evento (s), donde los servicios de esta persona

son parte integral para su desempeño o tiene la habilidad indispensable y experiencia con la persona de visa O-1 que no son de naturaleza general y el cual no puede ser

desempeñado por ningún otro individuo o, en el caso de una película o producción televisiva, la persona tiene la habilidad indispensable y experiencia con la persona de visa O-1, las cuales no son de una naturaleza general y son indispensables basadas en una ya existente y larga relación de trabajo o, con respecto a una produción específica, en la cual gran parte de esta (Incluyendo trabajos de pre y post producción) tomará lugar tanto dentro como fuera de los Estados Unidos y que la contínua participación de esta persona es escencial para la exitosa realización de la producción.

Visa O-3 Visa para el esposo (a) e hijos menores de edad de una persona con visa

O-1 u O-2, si estos lo acompañan o lo seguirán para unirse a él durante su estadía en los Estados Unidos.

Visa P-1 Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual no tiene intenciones de abandonar, quien es un atleta que viene a los Estados Unidos a

llevar a cabo como parte de un grupo,y que pretende entrar a los Estados Unidos

temporalmente y con el único propósito de desempeñar su labor con dicho grupo.

Visa P-2 Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual no tiene intenciones de abandonar, quien se desempeña como artista o entretenedor,

individualmente o como parte de un grupo, o es parte integral del espectáculo

de dicho grupo y que pretende entrar a los Estados Unidos temporalmente y con

el único propósito de desempeñar su labor con dicho grupo.

Visa P-3 Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual no tiene intenciones de abandonar y que pretende entrar a los Estados Unidos

temporalmente y con el único propósito de realizar, enseñar o entrenar como artista, entretenedor, como individuo o como parte de un grupo bajo un programa comercial o no comercial que es culturalmente único.

Visa P-4 Visa para el esposo (a) e hijos de una persona con visa P-1, P-2 o P-3 si estos lo acompañan o lo seguirán para unirse al él.

Visa Q Visa para una persona con residencia en un país extranjero, el cual no tiene intenciones de abandonar y que pretende entrar temporalmente a los

Estados Unidos (por un período que no exceda a los 15 meses) como participante

de un programa de intercambio cultural internacional aprobado por el Fiscal General con el propósito de proveer entrenamiento práctico, empleo e intercambio cultural, historia y tradiciones del país de donde el extranjero proviene. Será empleado bajo el mismo sueldo y condiciones de trabajo como el de un trabajador doméstico.

Visa R Visa para una persona quien ha sido, por los dos años inmediatamente precedentes al momento de la aplicación para la admisión, miembro de una denominación religiosa genuina sin fines de lucro y existente en los Estados Unidos;

y que pretende entrar a los Estados Unidos por un período que no exceda a los 5 años para desempeñar el trabajo para tal denominación religiosa. Incluye al esposo (a) e hijos de dicha persona si lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.

Visa S-1 Visa para una persona, de quien el Fiscal General determina que está

en posesión de información crítica y fiable concerniente a una organización o empresa criminal y quien está dispuesto a proporcionar o ha proporcionado dicha información a la Corte Federal o del Estado y cuya presencia en los Estados Unidos es determinada por el Fiscal General como esencial para el éxito de una investigación criminal autorizada o para la exitosa prosecusión de un individuo envuelto en una organización o empresa criminal. Si el Fiscal General lo considera apropiado, incluye al esposo (a), a los hijos

casados o no casados y a los padres de dicha persona, si lo acompañan o

lo seguirán para unirse a él.

Visa S-2 Visa para una persona de quien el Secretario de Estado y el Fiscal General conjuntamente determinan que está en posesión de información crítica y fiable

concerniente a una organización, empresa u operación terrorista y quien está

dispuesto a proporcionar o ha proporcionado dicha información a las autoridades

de la aplicación de la Ley Federal o a la Corte Federal; quien será o ha sido

puesto en peligro por el resultado de haber proveído dicha información, y quien

es elegible para recibir un reconocimiento bajo la seción 36(a) del Acto de las

Autoridades Básicas del Departamento de Estado ( State Department Basic Authorities

Act) de 1956. Si el Secretario de Estado y el Fiscal General conjuntamente

lo consideran apropiado, incluye al esposo (a), los hijos casados o no casados

y a los padres de dicha persona si lo acompañan o lo seguirán para unirse a él.